El documento disponible no es el acuerdo de 1965. Se trata de una carta firmada por Hisao Kurosawa el 17 de junio de 2016, en la que Kurosawa Production sostiene que Yojimbo (1961) fue adaptada sin autorización en Por un puñado de dólares (1964), que las partes llegaron a un acuerdo el 14 de octubre de 1965 y que la productora italiana recibió una autorización limitada a diez años. La carta documenta la versión del titular de derechos, pero no sustituye al contrato original ni a una resolución judicial independiente.
La distinción importa porque la disputa suele resumirse en una frase sobre plagio e indemnización. El escrito de 2016 ofrece una fecha y un plazo de licencia más concretos, pero es menos concluyente de lo que parece sobre el alcance jurídico del pacto y las cantidades efectivamente pagadas.
De Yojimbo al western de Sergio Leone
Yojimbo, dirigida por Akira Kurosawa y escrita junto con Ryūzō Kikushima, sigue a un samurái errante que aprovecha la rivalidad entre facciones de un pueblo japonés. Tres años después, Sergio Leone trasladó la estructura de un forastero entre grupos enemigos a un escenario del oeste, con Clint Eastwood como protagonista de Por un puñado de dólares. El ensayo de Alexander Sesonske publicado por The Criterion Collection describe expresamente la película italiana como una reproducción muy cercana de la japonesa.
Esa comparación cinematográfica permite entender el origen de la reclamación, pero no resuelve por sí sola el contrato, la titularidad de las marcas ni los derechos sobre producciones futuras. Las semejanzas entre películas y el contenido de un acuerdo son cuestiones distintas.
Qué afirma la carta de 2016 sobre 1965
La carta figura como Anexo C de un escrito presentado el 8 de agosto de 2016 ante el Trademark Trial and Appeal Board (TTAB), el órgano administrativo vinculado a la oficina de marcas estadounidense. Lleva la firma de Hisao Kurosawa y la fecha del 17 de junio de 2016. Fue aportada por una parte interesada en una controversia posterior sobre derechos de explotación y el nombre The Man With No Name.
| Aspecto | Afirmación de Kurosawa Production | Límite de la documentación |
|---|---|---|
| Fecha del acuerdo | Las partes habrían llegado a un acuerdo el 14 de octubre de 1965. | La fecha aparece en una declaración de 2016, no en el texto íntegro del instrumento de 1965. |
| Adaptación no autorizada | La carta sostiene que los productores de Por un puñado de dólares copiaron elementos protegidos de Yojimbo y reconocieron la infracción. | Es la versión de la empresa, no una sentencia reproducida ni una determinación independiente del TTAB. |
| Duración | Según la carta, Jolly, posteriormente identificada como Unidis, obtuvo derechos de remake durante diez años, plazo que ya habría vencido en 2016. | No aparecen todas las cláusulas ni queda demostrado por sí solo el alcance territorial y contractual exacto. |
| Derechos posteriores | La productora afirma que los derechos creativos de Yojimbo permanecieron del lado japonés y menciona opciones de remake con Opus 7 y Junction Films. | Las reclamaciones posteriores no acreditan automáticamente la titularidad de cada marca, personaje o derecho derivado. |
La carta también reivindica elementos como la historia, los personajes y la denominación Man With No Name. El contexto es fundamental: ese nombre también formaba parte del conflicto de marcas de 2016. Dar cuenta de la reclamación no equivale a afirmar que fue reconocida jurídicamente en todos los territorios.
Por qué un expediente de la USPTO no es una sentencia de 1965
El escrito del 8 de agosto de 2016 fue presentado por Take 3 Productions y Junction Films frente a Unidis Jolly Film en procedimientos administrativos sobre la marca The Man With No Name. Sus abogados alegaron que el antiguo acuerdo permitía explotar Por un puñado de dólares, pero no transfería libremente secuelas, personajes ni nuevas adaptaciones. Sin embargo, el mismo expediente incorpora la carta que habla de una licencia de remake de diez años. Sin el acuerdo completo de 1965, no se pueden conciliar definitivamente ambas formulaciones ni reconstruir las condiciones precisas aceptadas por las partes.
El expediente procesal también ofrece la posición contraria. En un escrito del 29 de junio de 2016 presentado en un procedimiento relacionado, la propia Unidis sostuvo que tenía derechos de producción y distribución sobre las películas asociadas con The Man With No Name y cuestionó las pretensiones de sus oponentes. También se trata de una posición litigante, no de una prueba independiente de que todas sus afirmaciones fueran correctas.
La presencia de la carta en un archivo de la USPTO demuestra que fue aportada con el escrito de 2016. No convierte automáticamente sus afirmaciones en hechos establecidos por el organismo, ni transforma el pleito de marcas posterior en una sentencia original sobre derechos de autor de los años sesenta.
¿Y el 15 %, los 100.000 dólares y los créditos?
Un artículo de AdoroCinema publicado el 26 de agosto de 2026 cuenta que el pacto habría concedido a la parte japonesa derechos de explotación en Asia, un 15 % de la recaudación en otros mercados y unos 100.000 dólares adicionales. Son cifras recogidas por ese medio, pero no están desglosadas ni pueden verificarse de forma independiente a partir de la carta de Hisao Kurosawa. Por eso no deben presentarse como pagos probados por el documento de 2016 ni como un total efectivamente percibido.
El artículo también señala que Kurosawa y Kikushima no figuraron en los créditos de la película italiana como guionistas de la obra de origen. La ausencia de créditos no permite conocer, por sí sola, todas las obligaciones contractuales. Del mismo modo, llamar a la cinta un remake no oficial no anula el acuerdo posterior relatado por las partes.
Qué se puede concluir con seguridad
Yojimbo y Por un puñado de dólares están vinculadas por una adaptación cinematográfica ampliamente reconocida, y existe una carta identificable de 2016 que atribuye al conflicto un acuerdo fechado el 14 de octubre de 1965 y una licencia limitada a diez años. El material examinado no demuestra la redacción íntegra de ese pacto, una resolución judicial independiente que confirme cada afirmación de la carta ni una contabilidad definitiva de los porcentajes que suelen repetirse. Esa es la frontera entre un documento archivado, la alegación de una parte y un hecho jurídicamente establecido.
Fuentes y referencias
- USPTO / TTAB: escrito del 8 de agosto de 2016 y carta de Hisao Kurosawa en el Anexo C
- USPTO / TTAB: escrito de Unidis del 29 de junio de 2016 en un procedimiento relacionado
- The Criterion Collection: Yojimbo: West Meets East, de Alexander Sesonske
- AdoroCinema: artículo publicado el 26 de agosto de 2026





